cresud
0 %

Política Ambiental

POLÍTICA AMBIENTAL Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO:

La gestión ambiental es un compromiso asumido por CRESUD, que se declara a través de su Política Ambiental, y se manifiesta en la gestión de todos los días.

POLÍTICA AMBIENTAL


CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA APLICABLE EN MATERIA AMBIENTAL

El desarrollo de nuestras actividades del negocio agropecuario está regulado por una serie de leyes y regulaciones nacionales, provinciales y municipales, que promueven la protección del ambiente y que CRESUD cumple estrictamente en las distintas provincias en las que opera y a nivel nacional.

CONSTITUCIÓN NACIONAL: El artículo 41 de la Constitución Nacional, modificada en 1994, establece que todos los habitantes de la Argentina tienen el derecho a un ambiente saludable y balanceado, apto para el desarrollo humano y la obligación de preservarlo. El daño ambiental impone la obligación principal de repararlo conforme a la normativa aplicable. Las autoridades deben proteger este derecho, el uso racional de los recursos naturales, la preservación del patrimonio natural y cultural y la biodiversidad, y deberán proveer para lograr la información y educación ambiental. El Gobierno Nacional deberá establecer estándares mínimos para la protección ambiental, y los Gobiernos Provinciales y Municipales deberán fijar los estándares específicos y las normas regulatorias correspondientes. LEY GENERAL DEL AMBIENTE: El 6 de noviembre de 2002, el Congreso de la Nación dictó la Ley 25.675. Esta ley regula los estándares mínimos para alcanzar un ambiente sustentable y la preservación y protección de la biodiversidad, y establece las metas de la política ambiental. Además, establece las actividades que estarán sometidas a procedimientos de análisis de impacto ambiental y los requisitos que se exigirán a estos, así como los deberes y las obligaciones que se dispararán ante cualquier daño al ambiente, y la obligación de restaurarlo a su antigua condición o, de no ser posible ello, el pago de la indemnización correspondiente. La Ley también impulsa la educación ambiental y establece ciertas obligaciones mínimas que deben ser cumplidas por las personas humanas y jurídicas.

LEY DE BOSQUES: El 28 de noviembre de 2007, el Congreso Nacional aprobó la ley conocida como Ley de Bosques, que establece presupuestos mínimos de conservación de los bosques nativos e incorpora gastos provinciales mínimos, para promover la protección, la restitución, la conservación y el uso sustentable de los bosques nativos. La Ley de Bosques impide a los dueños de tierras, incluyendo bosques nativos, deforestar o convertir áreas forestadas en terrenos no forestados para otros usos comerciales, sin el permiso previo de cada gobierno local que confiere dicho permiso y requiere la confección, evaluación y aprobación de un informe de impacto ambiental. Además, establece que cada provincia debe adoptar su propia legislación y su mapa de ordenamiento regional en el plazo de un año. Durante el tiempo que requiera dicha implementación provincial, no se autorizarán nuevos desmontes. También, establece una política nacional para el uso sustentable de bosques nativos e incorpora el reconocimiento de las comunidades originarias, que pretende brindar derechos de uso preferenciales a las comunidades aborígenes y agrícolas que residen en las cercanías de dicho bosque. En este caso, la autoridad provincial pertinente no podrá otorgar permisos sin las audiencias públicas formales y el consentimiento escrito de tales comunidades. Como consecuencia de un incumplimiento de las normas, podríamos ser objeto de sanciones penales y administrativas, además de ser obligados a remediar el ambiente e indemnizar a terceros por los posibles daños ocasionados por la falta de cumplimiento de dichas leyes y reglamentaciones. Según el Código Penal, todo aquel (incluidos directores, funcionarios y administradores de sociedades) que comete un delito contra la salud pública, tal como el envenenamiento o la adulteración de modo peligroso del agua, alimentos o medicinas destinados al uso público y la venta de productos que son peligrosos para la salud, sin la correspondiente advertencia, podrá ser objeto de multa, pena de prisión o ambas. Algunos tribunales han aplicado estas disposiciones del Código Penal para sancionar el vertido de sustancias peligrosas para la salud humana. A nivel administrativo, las sanciones varían desde apercibimientos y multas a la suspensión total o parcial de las actividades, lo que puede incluir la revocación o anulación de beneficios impositivos, así como también la cancelación o interrupción de líneas de crédito otorgadas por bancos estatales, además de la prohibición de celebrar contratos con organismos públicos. La legislación forestal de la Argentina prohíbe la devastación de bosques y tierra forestal, así como también el uso irracional de productos forestales. Los propietarios de tierras, arrendatarios y titulares de bosques naturales requieren la autorización de la autoridad forestal competente para el cultivo de la tierra forestal. La legislación también promueve la formación y conservación de bosques naturales en propiedades utilizadas para la agricultura y ganadería.

NORMAS DE LA CNV: Adicionalmente a la legislación vigente, las Normas de la Comisión Nacional de Valores establecen, para las sociedades con oferta pública, que contemplen en su objeto social actividades consideradas como riesgosas para el ambiente, que deberán mantener informados a accionistas, inversores y al público en general sobre el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y los riesgos inherentes a tales actividades, para una razonable ponderación de tales riesgos.


SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL

En CRESUD el cumplimiento normativo demanda importante tiempo de gestión; para ello, utilizamos una herramienta denominada Scan Ambiental, para identificar la legislación aplicable a la organización. Esta herramienta comprende diferentes matrices, que agrupan la legislación nacional, provincial y municipal en materia ambiental. Establece los requerimientos específicos de cada campo según su localización. Además, posee un sistema de alertas, identificando los próximos vencimientos, las obligaciones por realizar y los informes mensuales con la actualización de la normativa.

 

CERTIFICACIONES AMBIENTALES

Certificación de soja RTRS en el campo \'El Tigre\'

La Compañía se complace en anunciar la obtención de la certificación RTRS (Round Table on Responsible Soy Association) en su establecimiento El Tigre, ubicado en la localidad de Trenel, La Pampa, Argentina.

Certificamos 4.157 hectáreas de producción de soja correspondientes a la campaña 2022/23 por un período de 5 años y con auditorías anuales obligatorias. 

Esta certificación, de renombre en el sector agrícola y altamente valorada por el mercado internacional, reconoce el compromiso de la compañía en el cumplimiento de las leyes y buenas prácticas empresariales, la provisión de buenas condiciones laborales, el respeto y relación con las comunidades locales, el cuidado del medio ambiente y la producción bajo prácticas agrícolas adecuadas.

Seguimos avanzando en la estrategia ESG, aplicando las mejores prácticas agropecuarias a través del uso responsable de los recursos naturales y la tecnología, con la misión de producir alimentos de calidad para una población mundial creciente, con responsabilidad social, equipos diversos comprometidos y elevados estándares de gobierno corporativo.

Para acceder al video haga click aquí.